TESTAMENTOS Y PACTOS SUCESORIOS
Mediante el testamento una persona puede decidir cómo habrán de repartirse sus bienes a su fallecimiento. Además en el testamento pueden establecerse otro tipo de disposiciones como la designación de quienes han de encargarse de la tutela de los hijos del testador en el caso de que estos sean menores en el momento de su fallecimiento.
El pacto sucesorio es el acuerdo entre dos o más personas para ordenar los bienes de la herencia de forma que se pueden entregar en vida sin esperar al fallecimiento. Por tanto, la herencia se ordena en vida y no tras el fallecimiento del causante.
Video del Consejo General del Notariado